Por @Wicho — 30 de Octubre de 2018

Chuches carísimas

El Boletín Oficial del Estado del 30 de octubre de 2018 publica la lista de los 2.008 productos homeopáticos –me niego a llamarlos medicinas aunque la Unión Europea diga que lo son– que han solicitado su regularización en España.

A partir de la publicación de esta lista todo producto homeopático que no están incluidos en ella no se puede comercializar y tiene que ser retirado del mercado. Se calcula que algo más de 4.000 productos se verán afectados, aunque las farmacias no saben cómo afrentar esto.

Pero además la publicación de esta lista no quiere decir que esos 2.008 productos ya puedan venderse legalmente. Antes de ello es necesario que soliciten una autorización de comercialización de acuerdo con lo previsto en la sección quinta del capítulo IV del Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre en un proceso que se divide en siete periodos que empiezan el 1 de noviembre de 2018 y terminan el 30 de abril de 2022.

Estos periodos comienzan con el que se aplica a los productos que hayan incluido una indicación terapéutica en su solicitud de inclusión en la lista y aquellos cuya vía de administración sea mediante inyección; luego vienen aquellos constituidos con cepas obtenidas de fuentes biológicas tales como células vivas u organismos y que no estén en el primer periodo. Después se dividen los productos alfabéticamente en cuatro grandes grupos y queda un quinto grupo final para cualquier producto que no haya entrado en ninguno de los periodos anteriores.

Los productos del primer periodo van a tener complicado –tirando a imposible– demostrar ninguna indicación terapéutica porque hasta ahora es algo que ningún producto homeopático en ninguna parte del mundo ha conseguido. De hecho sólo 12 han solicitado tal cosa.

Los demás tendrán que demostrar, entre otras cosas, que no son perjudiciales para quien los pueda tomar, así que su inclusión en la lista publicada hoy no les garantiza que su comercialización vaya a ser aprobada.

Sólo aquellos que vayan consiguiendo su autorización de comercialización en el periodo que les corresponde podrán ser recetados y vendidos legalmente. Si no la consiguen o la solicitud no se presenta en el plazo indicado tendrán que ser retirados del mercado.

Al final del proceso los productos homeopáticos seguirán sin servir para tratar ninguna enfermedad más allá del efecto placebo pero al menos nos habremos asegurado de que su consumo es seguro. Y por fin se habrá puesto orden en su comercialización, sumida hasta hora en una dudosa alegalidad.

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